Información importante para quienes prestan servicio en turno fijo de noche.
Como ya sabéis, estamos pendientes de que recaiga sentencia en el recurso que CSL-Aragón tiene en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre el reconocimiento del derecho de quienes trabajan en jornada ordinaria en turno fijo de noche a cobrar el complemento de nocturnidad y de festividad (compensación de inhábiles) no solo en los periodos de vacaciones, sino también en los periodos de baja médica y en días de permiso retribuido.
No obstante, y para tener mayor seguridad en el resultado que buscamos, os informamos que esta semana hemos iniciado un nuevo procedimiento administrativo solicitando que se reconozca el derecho a percibir el complemento de nocturnidad y la compensación de días inhábiles en vacaciones, periodos de incapacidad temporal, días de asuntos propios y de cualquier permiso retribuido, conforme a la reciente jurisprudencia (al menos ya hay tres sentencias) de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
Sabemos que la tramitación es larga; que seguramente el Ayuntamiento de Zaragoza dará la callada por respuesta, o que como mucho contestará desestimando una vez más lo que es de justicia, pero vamos a seguir sin ceder hasta que lo consigamos, al igual que hemos hecho en otras ocasiones (nocturnidad en vacaciones, actualización de importes de las horas extras, incremento del complemento específico...) y eso que todo parecía imposible.




¡Arranca la evaluación general de prevención del servicio de motoristas!







