Información importante para quienes prestan servicio en turno fijo de noche.
Como ya sabéis, estamos pendientes de que recaiga sentencia en el recurso que CSL-Aragón tiene en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre el reconocimiento del derecho de quienes trabajan en jornada ordinaria en turno fijo de noche a cobrar el complemento de nocturnidad y de festividad (compensación de inhábiles) no solo en los periodos de vacaciones, sino también en los periodos de baja médica y en días de permiso retribuido.
No obstante, y para tener mayor seguridad en el resultado que buscamos, os informamos que esta semana hemos iniciado un nuevo procedimiento administrativo solicitando que se reconozca el derecho a percibir el complemento de nocturnidad y la compensación de días inhábiles en vacaciones, periodos de incapacidad temporal, días de asuntos propios y de cualquier permiso retribuido, conforme a la reciente jurisprudencia (al menos ya hay tres sentencias) de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
Sabemos que la tramitación es larga; que seguramente el Ayuntamiento de Zaragoza dará la callada por respuesta, o que como mucho contestará desestimando una vez más lo que es de justicia, pero vamos a seguir sin ceder hasta que lo consigamos, al igual que hemos hecho en otras ocasiones (nocturnidad en vacaciones, actualización de importes de las horas extras, incremento del complemento específico...) y eso que todo parecía imposible.
No obstante lo anterior, este asunto lo hemos incluido en la Mesa Técnica de Policía Local, puesto que si en otras ocasiones ante diversas sentencias se han aplicado sus dictámenes (permiso parental 8 semanas, no aplicación del tiempo de baja en cobro de diversos complementos en este ayuntamiento), no entenderíamos que ante una cuestión en la que hay jurisprudencia, el ayuntamiento no obrara en consecuencia y aceptara estos dictámenes.
¿Imposible? ¡Nada de eso!
¡¡¡Lo vamos a conseguir, y llegaremos hasta dónde sea necesario para lograrlo!!!