Tras la noticia aparecida en el Heraldo de Aragón por la que se pretende externalizar la Seguridad del Edificio el Seminario, hemos de aclarar varios puntos que llevan por protagonistas el Primer Teniente de Alcalde y Delegado de Policía Local Ángel Lorén, y el Octavo Teniente de Alcalde y Delegado de Personal Alfonso Mendoza.

Decir que los políticos a veces hablan sin saber, creemos que no es correcto. Si no que obedece a otros intereses.

Prueba de ello es la intervención de Ángel Lorén en la Comisión de Presidencia, Relaciones Institucionales y Seguridad Ciudadana; a la cual los sindica tos no podemos asistir, cuando es potestad del presidente de la misma permitir la entrada… Y no nos dejó entrar, en la que literalmente dijo lo siguiente:

“… más que sacar policías a la calle, lo que necesitamos fundamentalmente es que los agentes de policía cumplan la función para la que están prepara dos, sobradamente preparados y para la que están formados…”

“… esa reorganización va a suponer que se dediquen a funciones de policía local precisamente las personas que ahora están en control de accesos…”

Por cierto, seguimos esperando a que nos convoque a la reunión que de forma urgente le hemos solicitado.

Y no sabemos si es peor la intervención de Alfonso Mendoza en la Comisión de Régimen Interior del día siguiente.

De forma abrupta, y con cierta insolencia en la que se ven las formas de este señor, se negó a contestar a una pregunta realizada por el grupo político ZEC, remitiéndole a la grabación de la comisión del día anterior. Esta vez sí entramos ya que legalmente no puede impedir la asistencia de la representación sindical a esta comisión, no dando explicaciones sobre esta externalización.

La prepotencia no suele ser buena compañera. También le achacaríamos que pasados unos días y como máximo responsable de Personal de este Ayuntamiento (¿tendremos que acudir nuevamente a la Alcaldesa?) no haya tenido la decencia de convocar a la representación sindical para informar de algo tan importante como es ¡¡¡la externalización de parte de un servicio esencial!!!

La tónica de este concejal.

A ambos les dejamos el articulado de un par de leyes por si no las conocen.

Como sabemos que nos leen ya NO tendrán excusa.

1ª.- LEY ORGÁNICA 2/1986, DE 13 DE MARZO, DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD

TÍTULO V - De las Policías Locales

Artículo 53.

1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:

a) Proteger a las Autoridades de las Corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.

2ª.- LEY DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE ARAGÓN

Artículo 14. Funciones.

1. Los miembros de las Policías Locales ejercerán las siguientes funciones:

a) Proteger a las autoridades de las corporaciones locales y la vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.